Montos para la Declaración Patrimonial
24 de Marzo del 2009

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1613, publicado en el Registro Oficial No. 554, del 23 de marzo de 2009, se reformó el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, incrementándose a US $ 200,000 dólares el monto total de activos para la obligación de efectuar la declaración patrimonial en el caso de personas naturales; y, a US $ 400,000 dólares para quienes mantengan sociedad conyugal o unión de hecho.

Para los cónyuges o convivientes que mantengan activos fuera de la sociedad conyugal o unión de hecho, la declaración tendrá que ser individual, y contendrá los activos y pasivos individuales así como la cuota en los activos y pasivos que formen parte de la sociedad conyugal o unión de hecho.

El presente decreto entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.

 

 

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