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Extranjeros próximos a contraer matrimonio deben poseer Visa de No Inmigrante |
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Friday, 09 April 2010 00:00 |
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Mediante Resolución No. 002-2010 del Consejo Consultivo de PolÃtica Migratoria, publicada en el Registro Oficial 168 del 9 de abril del 2010 se pretende controlar las irregularidades que frente al aumento excesivo de matrimonios fraudulentos que tienen por finalidad alcanzar la nacionalidad ecuatoriana de manera ilegÃtima, se han presentado.
Es por esta razón que se dispone al Registro Civil que las personas extranjeras que se encuentren en calidad de transeúntes en el Ecuador y que tengan la intención de contraer matrimonio o registrar una unión de hecho en el paÃs con ecuatoriana o ecuatoriano, previamente a hacerlo deberán estar provistos de una visa de no inmigrante en cualquiera de las categorÃas migratorias de conformidad a lo establecido por el artÃculo 39 del reglamento a la Ley de ExtranjerÃa.
La presente resolución entró en vigencia a partir del 3 de marzo de 2010, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
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